Régimen de módulos en 2025
Los límites máximos para tributar en módulos se mantienen.
Los límites máximos de ventas y compras que permiten acogerse al régimen de módulos han sido prorrogados un año más. En concreto, los límites para 2025 y 2026 quedan en los siguientes términos:
Este año, por aplicar dicho régimen, podrá reducir el rendimiento neto de su actividad en los siguientes porcentajes:
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En general, en un 5% de dicho rendimiento neto.
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En un 25% para aquellas actividades desarrolladas en los términos municipales afectados por la DANA que tuvo lugar entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Aunque su actividad cumpla los requisitos para seguir en módulos, si prevé una reducción de ingresos a partir de 2025, es posible que le salga a cuenta renunciar a ellos. Si desea renunciar, puede presentar una declaración censal hasta el próximo 31 de enero de 2025 o bien ejercitar una renuncia tácita presentando la primera declaración trimestral de IVA de 2025 según el régimen general y el primer pago fraccionado de IRPF de 2025 según el régimen de estimación directa.
Nuestros profesionales analizarán si le conviene continuar en módulos o si, en su caso concreto, es mejor renunciar a ellos.
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Pagos a cuenta del IS
Si su empresa factura menos de seis millones de euros al año, durante el mes de febrero puede modificar la forma de calcular los pagos a cuenta.
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Retenciones a trabajadores
En enero debe calcular el tipo de retención por IRPF aplicable a sus trabajadores.
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Rectificación del IVA repercutido
Vea los pasos que debe seguir para rectificar el IVA repercutido a otras empresas.
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